Proceso de libertad condicional de reunificación familiar
El Departamento de Seguridad Nacional anunció la implementación de nuevos procesos de libertad condicional de reunificación familiar (FRP) para Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras. Ciertos ciudadanos de estos países que son beneficiarios de un Formulario I-130 aprobado pueden ser elegibles para ser considerados para libertad condicional bajo los procesos. Los beneficiarios que califican deben estar fuera de los Estados Unidos, no deben haber recibido una visa de inmigrante y deben someterse a una evaluación/examen de antecedentes y cumplir con los requisitos médicos. Los procesos de FRP comienzan con la emisión de una invitación por parte del DOS al ciudadano estadounidense o familiar residente permanente legal cuyo Formulario I-130 en nombre de un beneficiario colombiano, salvadoreño, guatemalteco u hondureño ha sido aprobado. El peticionario invitado puede entonces iniciar el proceso y solicitar que el beneficiario y los miembros de la familia elegibles sean considerados para autorización de viaje anticipada y libertad condicional. Los nuevos procesos permiten la libertad condicional solo de forma discrecional, caso por caso y temporal tras la demostración de razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo, así como una demostración de que el beneficiario justifica un ejercicio favorable de discreción. Llame a Ting Law Group si tiene una petición presentada y necesita dar el siguiente paso para traer a su familiar a Estados Unidos antes. No necesita esperar hasta la entrevista de visa para venir a Estados Unidos. Llame al 720-740-4247.
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